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Nuestra Identidad Imprimir E-Mail
CAPÍTULO I.
- BASES DE LA IDENTIDAD ESPIRITUAL.
Artículo 1.- Principios de la vida espiritual.
 

Las Comunidades Iglesia Viva ponen las raíces de su identidad espiritual en San Francisco de Sales y San Juan Bosco. Los cinco principios de vida espiritual que se subrayan son:

a) Inquietud apostólica en los campos de la cultura, de la justicia social, del cuidado de los indigentes y de la juventud pobre y abandonada.
b) Profundidad de vida interior.
c) Sentido de iglesia, mirando por la unidad y crecimiento de la misma.
d) Espíritu de lucha y superación.
e) Aspiración a la perfección.

De estos principios derivarán todas las acciones que se programen y el estilo de la propia vida de las Comunidades.

CAPÍTULO II.
- OBJETIVOS DE LAS COMUNIDADES IGLESIA VIVA.
Artículo 2.- Objetivos.
 

En las Comunidades Iglesia Viva, se consideran objetivos fundamentales:

a) Formar comunidad de seguidores comprometidos de Jesús para ser luz en el mundo por el estilo de vida cristiana, vivido personalmente y en grupo.
b) Asumir la identidad espiritual para llenar de vida el funcionamiento y las acciones de la comunidad.
c) Estar unidos a la Parroquia para ser en ella fermento de vida cristiana con el ser y actuar comunitario.
CAPÍTULO III.
- ORGANIZACIÓN DE LAS COMUNIDADES IGLESIA VIVA.
Artículo 3.- Cargos de responsabilidad.
 

Las Comunidades Iglesia Viva se organizan coordinadas con los siguientes cargos de responsabilidad, que forman la Coordinadora de la Comunidad:

a) Responsable de la Dirección y Coordinación.
b) Responsable de Formación.
c) Responsable de Relaciones Públicas.
d) Responsable de Proyectos y Acciones Pastorales.
e) Responsable de Economía.
f) Responsable de Liturgia y Oración.
g) Responsable de Secretaría e Información.

Las personas responsables son elegidas, de forma ordinaria, en la última semana del curso, después de la evaluación y antes de las vacaciones. El período de duración de los cargos es de un año, y las personas podrán ser reelegidas como máximo por tres años consecutivos. Después de este posible trienio, la misma persona no podrá acceder a ningún cargo antes de un año.

Las personas sin cargos eligen libremente el grupo al que desean pertenecer para colaborar con los respectivos responsables en la buena marcha de la Comunidad.

Artículo 4.- Sacerdote de las comunidades.
 
1.- Desempeña las funciones propias de su ministerio y actúa como consejero y ayuda espiritual para las Comunidades.
2.- Participa en las reuniones de la Coordinadora de las Comunidades, de la Asamblea y en las convivencias.
3.- Es elegido cada año, al comienzo de curso, entre los salesianos de la Comunidad Salesiana, por la Asamblea de Comunidades. Hecha la votación, se invitará al interesado y se pedirá al director de la Comunidad Salesiana que lo nombre para dicho cargo.
Artículo 5.- La Asamblea de la Comunidad.
 

La Asamblea de la Comunidad:

1.- Está formada por todas las personas inscritas, como miembros de pleno derecho o catecúmenos, en la Comunidad. Los catecúmenos tienen derecho a voz, pero no a voto.
2.- Aprueba el Proyecto Comunitario Anual, los presupuestos, los proyectos de formación y los proyectos de pastoral, presentados por la Coordinadora de la Comunidad, antes del primer domingo de noviembre, de forma ordinaria.
3.- Elige por voto directo y secreto, y por mayoría absoluta, a los responsables de cada cargo de la Comunidad y al sacerdote.
4.- Tiene capacidad, excepcionalmente, para retirar la confianza de un responsable, en votación secreta, con mayoría de dos tercios.
Artículo 6.- La Junta de la Comunidad.
 
1.- Está formada por todas las personas que han sido elegidas para servir con algún cargo de responsabilidad.
2.- La dirige y preside la persona responsable de Dirección.
3.- Se reúne, de forma ordinaria, al menos una vez al trimestre. Y siempre que dos tercios de los miembros o la persona responsable de Dirección lo consideren oportuno.
4.- A la Junta le corresponde:
a) Atender a las funciones propias del gobierno ordinario de la Asamblea.
b) Proponer los objetivos, acciones, y proyectos que configuran el Proyecto Comunitario Anual.
c) Coordinar las acciones y relaciones de los diferentes grupos de la Asamblea.
d) Presentar a la Asamblea el libro de actas de las reuniones de la Junta.
e) Fijar el calendario del proyecto comunitario en consonancia con el programa aprobado en la Coordinadora.
Artículo 7.- La Coordinadora de Juntas.
 
1.- Está formada por todos los responsables de cada área de las Comunidades.
2.- A la Coordinadora le corresponde
a) Fijar la programación.
b) Representar a las Comunidades Iglesia Viva.
c) Tratar cualquier asunto que afecte al conjunto de las Comunidades.
d) Presentar modificaciones de los estatutos cuando sea necesario.
3.- Se reúne, de forma ordinaria, una vez al año, y siempre que los responsables lo consideren oportuno.
Artículo 8.- Responsable de Dirección.
 

La persona Responsable de Dirección:

1.- Coordina el trabajo de todos los responsables y los anima en el cumplimiento de sus encomiendas.
2.- Preside y modera las reuniones de la Coordinadora de la Comunidad y de las Asambleas comunitarias en reuniones ordinarias o extraordinarias; representa a la Comunidad y acoge a quienes se deseen incorporar a ella.
3.- Tiene firma en todos los documentos y cuentas de la Comunidad con valor legal.
Artículo 9.- Responsable de Formación.
 

La persona Responsable de Formación:

1.- Ayuda a la Comunidad a conseguir sus objetivos de profundización en la fe hasta llegar a la madurez en la misma.
2.- Programa los proyectos y programas formativos ordinarios y la formación permanente de la Comunidad. Para ello se servirá de todos los medios ordinarios y extraordinarios, trabajando siempre en coordinación con los demás responsables de la Comunidad.
3.- Sustituye a la persona Responsable de Dirección en su ausencia.
Artículo 10.- Responsable de Economía.
 

La persona Responsable de Economía:

1.- Se encarga de todo lo referente a la organización y gestión económica y administrativa de la Comunidad. Para ello:
a) Lleva los libros correspondientes y necesarios para la gestión económica y el rendimiento anual de cuentas a la Comunidad.
b) Tiene firma en el banco, juntamente con la persona Responsable de Dirección.
2.- Se encarga de proponer y cobrar la cuota anual.
Artículo 11.- Responsable de Relaciones Públicas.
 

La persona responsable de Relaciones Públicas:

1.- Da a conocer la Comunidad en otros ambientes y a personas interesadas.
2.- Organiza visitas e intercambios de experiencias pastorales y celebraciones con otros grupos, instituciones y comunidades.
3.- Informa a la Comunidad de todo lo que sea bueno para ella y pueda ayudarla a su crecimiento espiritual, vida de Iglesia y madurez de la fe.
Artículo 12.- Responsable de Proyectos y Acciones Pastorales.
 

Corresponde a la persona Responsable de Pastoral:

1.- Estudiar y proponer a la Coordinadora y a la Comunidad proyectos de pastoral, compromisos y presencias que la Comunidad en cuanto tal debería asumir.
2.- Hacer el seguimiento de los proyectos y todas las actividades de orden pastoral. Para la realización de proyectos, las personas que los dirijan tienen que pertenecer a la Comunidad, no así otras personas que sólo quieran participar en ellos.
Artículo 13.- Responsable de Liturgia y Oración.
 

La persona Responsable de Liturgia y Oración en la Comunidad:

1.- Coordina las celebraciones y todos los momentos de oración de la Comunidad.
2.- Organiza convivencias, retiros y Ejercicios Espirituales para la Comunidad, en coordinación con la persona Responsable de Formación.
Artículo 14.- Responsable de Secretaría e Información.
 

La persona Responsable de Secretaría e Información:

1.- Coordina todas las tareas propias de Secretaría: actas, archivos, ficheros, informaciones, informe de asistencia a reuniones...
2.- Mantiene informadas a todas las personas de la Comunidad, en coordinación y cooperación con los demás responsables, de todo lo que se juzgue oportuno para la buena marcha y el crecimiento de la Comunidad.
3.- Organiza y mantiene la Biblioteca y un fondo de Documentación apropiado a las necesidades formativas y pastorales de la Comunidad.
CAPÍTULO IV.
- IDENTIDAD DE LOS MIEMBROS DE LAS COMUNIDADES IGLESIA VIVA.
Artículo 15.- Miembros.
 

Se considerarán miembros de las Comunidades Iglesia Viva aquellos que, tras un período de discernimiento, manifiesten pública y expresamente, su voluntad de pertenecer a ellas y serán acogidos por el resto de los miembros de las Comunidades.

Artículo 16.- Catecúmenos.
 

Son catecúmenos quienes desean formar parte de la Comunidad, y se encuentran en un periodo de discernimiento.

1.- El periodo de discernimiento no será menor de tres meses y no mayor de nueve. Tal período comienza a contar desde el día en que el nuevo catecúmeno es presentado oficialmente a la Asamblea de la Comunidad por un padrino, quien le acompañará y asesorará durante el periodo de catecúmeno.
2.- Durante el tiempo de discernimiento el catecúmeno puede participar en todos los actos de la Comunidad. En todo tipo de asambleas y votaciones tiene voz, pero no voto, y no puede ser elegido para ningún cargo.
3.- Si lo solicita, puede ser eximido de pagar toda o parte de la cuota. No así de los gastos que origine su participación en retiros y convivencias.
Artículo 17.- Ingreso en la Comunidad.
 

Terminado el período de discernimiento, el catecúmeno solicita su ingreso pleno en la Comunidad, avalado por su padrino. Las Comunidades acogen a los nuevos miembros durante el transcurso de una celebración en la que el catecúmeno manifiesta su ingreso con una expresión simbólica ante todos los miembros de las Comunidades.

Artículo 18.- Significado de ser miembro de la Comunidad.
 

Ser miembro de las Comunidades Iglesia Viva significa:

1.- Conocer, asumir y profundizar las bases de identidad recogidas en estos Estatutos y en el Documento de la Espiritualidad Salesiana.
2.- Llevar una vida cristiana, profundizando en la oración y celebración de los sacramentos, especialmente de forma comunitaria.
3.- Asistencia participativa y responsable a las reuniones semanales, retiros y convivencias. Formar parte de alguna de las comisiones de trabajo y organización.
4.- Desarrollar un compromiso socio-pastoral, dentro o fuera de la parroquia, adaptado a las circunstancias personales.
5.- Cuidar la propia formación permanente con la lectura de libros, asistencia a charlas, coloquios y cursillos que beneficien al interesado y a la Comunidad.
6.- Colaborar a la fraternidad y al buen ambiente de la Comunidad con el interés personal, con detalles concretos, por las otras personas de la Comunidad.
7.- Contribuir a los gastos y compromisos de la Comunidad con la aportación económica que considere justa según las propias posibilidades. El mínimo es la cuota, que se debe pagar en los períodos indicados.
Artículo 19.- Permanencia en la Comunidad.
 

La permanencia en la Comunidad es libre en todo momento. Si alguien desea abandonar la Comunidad, temporal o definitivamente, la decisión deberá ser comunicada de forma personal a la Asamblea, para poder exponer los motivos del abandono y escuchar las opiniones de la Comunidad.

Excepcionalmente, la Comunidad puede invitar a sus miembros a tomarse un período de reflexión.

Artículo 20.-
 

Quien forma parte de las Comunidades Iglesia Viva, o desea integrarse en ellas, acepta cumplir estos Estatutos

Artículo 21.-
 

Estos Estatutos fueron redactados y aprobados por la Comunidad Nazaret en Diciembre de 1.996, revisados el 21 de Septiembre de 1.997, el 21 de Junio de 1.998 y el 10 de Abril de 2000.

Tienen el Visto Bueno del Consejo Pastoral de la Parroquia con fecha:

Tienen el Visto Bueno del Consejo del Director de la Comunidad Salesiana con fecha:

Tienen la aprobación del Provincial de la Inspectoría Salesiana de San Juan Bosco (Madrid), con fecha:

Modificado el ( jueves, 12 de junio de 2008 )
 
 
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